El Anteproyecto de ley orgánica entregado por nosotros al Congreso del Estado de Sonora contiene un Título Séptimo acerca de las dependencias administrativas.
En el Artículo 51 del mismo se propone: “Cada dependencia administrativa contará con un director, un secretario y hasta dos auxiliares administrativos que serán nombrados o removidos libremente por el Rector.”
En el Artículo 52 se propone: “El personal administrativo no contemplado en el Artículo 51 se llamará personal administrativo de carrera y su ingreso, promoción y permanencia se regirá conforme al Estatuto de Personal Administrativo de Carrera.”
En síntesis:
Se busca la creación de un concepto en el que el personal administrativo está profesionalizado, tiene escalafón, formas de ingreso y de promoción.
Se busca la creación de una legislación universitaria interna que profesionalice al sector administrativo.
El personal mencionado no es considerado de confianza.
Nota: El anteproyecto se entregó al Congreso del Estado en 1999.
EL COLEGIO HERODES DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA
Hace 4 semanas