domingo, 8 de mayo de 2011

¿La revisión contractual del STAUS? (El diablo se esconde en los detalles)

La huelga más reciente del STAUS se levantó el pasado 10 de abril de 2011, pero sin firmar el Contrato Colectivo de Trabajo 2011-2013.

Todavía el lunes 9 de mayo de 2011, casi un mes después, amanecerá sin que el Contrato Colectivo esté firmado.

Se podría decir que éste se sigue negociando, pero en realidad, escribirlo así es recurrir a un eufemismo para ocultar las manos inermes de la parte sindical para decir que no. Con la huelgao levantada todo el sindicato se encuentra a merced de aquellos que “de buena voluntad” las autoridades decidan aceptar.

¿Por qué se presenta este despropósito?

Sin la película completa, solamente puedo escribir que al parecer es la costumbre desde hace más de 20 años.

Pero esta vez me consta que la dirección sindical no pudo, o no quiso, proceder de la manera correcta. Es decir, firmar el contrato colectivo de trabajo del STAUS con las autoridades universitarias simultáneamente con el convenio de levantamiento de la huelga y depositarlo en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

El domingo 10 de abril, como ya es costumbre, el Comité Ejecutivo del STAUS se adueñó de la Asamblea General. Ésta es la primera grieta por la que brota el azufre.

El estatuto del sindicato establece que se nombra un presidente de debates y no faculta al Comité Ejecutivo a presidir la Asamblea. Eso sucede en las organizaciones charras únicamente, porque allí las asambleas no tienen validez si los dirigentes no están presentes.

El estatuto del sindicato está escrito así porque contempla un concepto fundamental: la Asamblea General pertenece a los agremiados, quienes se dirigen a sí mismos, sin necesidad de los dirigentes. Los legitima el quórum, nada más.

Claro que se puede argumentar que no había ese quórum, pero son justificaciones cuyo único propósito es conservar en las manos de los dirigentes la dirección de un elemento que suele ser peligroso para ellos: la Asamblea General.

Como siempre, el Comité Ejecutivo se subió a un templete a dirigir la Asamblea. Al margen de los estatutos, el Secretario General se autofacultó para dirigirla. Organizó su propio orden del día sin someterlo a los presentes, dictó el orden en que se abordaría la temática y repartió la palabra a su antojo. Fingiendo que no veía a quienes levantábamos la mano para hablar.

Uno de esos que no hablaron soy yo. Así, me quedé sin poder plantear una pregunta muy sencilla: “suponiendo que se acuerda el levantamiento de la huelga, ¿a qué hora se firma el Contrato Colectivo de Trabajo?”

Fingiendo que no me veía, aunque su compañero Secretario de Trabajo y Conflictos indudablemente me vio, preguntó si estaba suficientemente discutido.

Ahora estoy convencido de que el Secretario General sabía muy bien cuál era mi interés y también se que no tenía una respuesta para mi pregunta. No abundaré en lo primero, pero ahora está obvio que tenía la intención de que no se firmara el Contrato Colectivo, pues ya se ha vuelto costumbre, las huelgas del STAUS son para que los líderes se llenen (o los llenen) de miedo y se apuren a levantar los movimientos huelguísticos como sea.

En este como sea, van guardados todos los detalles de la distribución del dinero en las cláusulas de monto fijo y toda la letra chiquita de las cláusulas supuestamente aceptadas. Aquí tenemos la segunda grieta por las que sale el olor del azufre.

Dos de esas cláusulas serán consideradas en este blog oportunamente.