domingo, 28 de enero de 2007

Observaciones al PEPA

ENCUENTRO CONTRADICCIONES EN EL PEPA.

Los bancos de jurados se integrarán con aquellos académicos que cubran los siguientes requisitos.
I.Titular y al menos grado de maestría en el área de concurso. Cuando no exista el número suficiente de académicos con la categoría de titular, al menos grado de maestría
II. Profesores de asignatura: especialidad en el área de conocimiento que se trate, y el nivel C del tabulador.
III.Académicos externos: poseer grado de doctor o bien título profesional y una amplia experiencia profesional en el área del concurso.

TAMBIÉN HAY DISCRIMINACIÓN Y CONTRADICCIÓN PARA FORMAR JURADOS DE CONCURSOS POR OPOSICIÓN: Ver Art. 40 del PEPA.
Para los bancos de jurado, si son integrantes del personal académico de la Universidad, ser titulares y grado de maestría. Si son externos a la UniSon, se les puede bastar con el título profesional.

Art. 42. No podrán ser integrantes del jurado, desde el Rector hasta el jefe de departamento. Falta incluir a los asesores del Rector, a todos los funcionarios de la administración, a los coordinadores de carrera, a los secretarios administrativos, etc.
OJO: En el Art. 58 si los excluye y propone que no pueden estar en las comisiones dictaminadoras. ¿Dónde está la diferencia?

ALGO FUNDAMENTAL SE PIERDE EN LOS CONCURSOS POR OPOSICIÓN.
Art. 69. La autoridad universitaria pretende eliminar el carácter público del concurso por oposición. En el EPA actual lo define como procedimiento PÚBLICO Y ABIERTO, pero en el PEPA eliminan la palabra público.

PELIGROSO QUE LAS EVALUACIONES SEAN ABIERTAS A LAS OCURRENCIAS DE LOS JURADOS.
Art. 70. Acerca de las evaluaciones posibles agregan: “IV. Las demás evaluaciones que consideren adecuadas a la plaza que se boletina.”. Es una pésima idea dejar al arbitro y al azar las evaluaciones posibles. Todo lo contrario, las únicas evaluaciones que se podrán aplicar son las explícitamente contenidas en el EPA, ninguna más.

LA PARTICIPACIÓN DE LAS ACADEMIAS ES ÚNICAMENTE CEREZA EN EL PASTEL.
Art. 72. La forma en que se inicia el procedimiento de ingreso debilita la presencia de las academias, contemplado en el Art. 35 del PEPA, pues solamente dice “atendiendo a lo establecido en el artículo 35 del presente Estatuto”.
Para que el Art. 35 no sea puramente decorativo, y se obligue a que la acción de los jefes de departamento se apegue al interés de los académicos, es preferible un verbo más exigente, por ejemplo: “plasmando las necesidades establecidas por las academias en términos del artículo 35 del presente Estatuto.”
La misma observación cabe para el Art. 95.
ÉSTA OBSERVACIÓN ES MUY IMPORTANTE. En el pasado ha ocurrido que ciertos jefes de departamento contratan a quienes (presuntamente) les van a dirigir la tesis de maestría o de doctor.


¿MÁS EXTRAORDINARIOS COMO IBARRA MENDÍVIL?
La propuesta para admitir profesores investigadores extraordinarios es insuficiente. Dice en el Art. 108.- “Para ingresar como Profesor-Investigador Extraordinario, se requiere la solicitud expresa de un Consejo Divisional y la resolución favorable del Colegio Académico con el voto de cuando menos la mitad más uno de sus miembros.”

Es necesario ligarlo al Art. 35 en los términos que he mencionado previamente, pues basta traer a la memoria la acción del entonces Rector Jorge Luis Ibarra Mendívil, quién en la primera semana de julio del año 2000, apenas unos días después de la derrota de Labastida, dirigió una sesión del Colegio Académico que lo nombró profesor extraordinario.

sábado, 20 de enero de 2007

El PEPA es únicamente un proto reglamento interior de trabajo

El EPA actual es un documento con mensaje académico. En cambio, la propuesta que pretenden aprobar en el Colegio Académico es un simple protoreglamento interior de trabajo que arruina el concepto del EPA.

Es muy grave que traten de suplantar fracciones del Contrato Colectivo de Trabajo.

Revisando el Art. 31, encuentro que las fracciones I-V que se están agregando pretenden normar, a base de órdenes, la actividad diaria del personal académico de la Categoría de Asociado.

Si se aprueban, generarán un problema de fiscalización y un reglamento con penalizaciones para quienes no cumplan los señalamientos incluidos.

La pregunta obvia es ¿quién realizará las fiscalizaciones? En términos de la ley 4, es obligación de los jefes de departamento y quince años de esa ley indican que no lo han hecho, pues los holgazanes siguen existiendo.

Los profesores que cumplimos nuestro trabajo no necesitamos esas normas y los que se dedican a holgazanear lo seguirán haciendo, pues no mejorarán con esos métodos.

El resultado será una serie de molestias más y nuevas fuentes de conflictos.

Todo lo echarán a perder con el uso discrecional por parte de los encargados de vigilar el cumplimientode esas fracciones.

Lo mismo se aplica al Art. 32 con el que pretenden dar órdenes al personal académico de la Categoría de Titular.

miércoles, 17 de enero de 2007

Primeros comentarios al Cap. V del PEPA (sobre las funciones de asociado y titular)

El STAUS tiene un serio problema enfrente.

En primer lugar, se refleja el autoritarismo en la redacción del Art. 30 del PEPA, dice: “El personal académico de carrera se dedicará ...”. Es una orden, no una definición de acciones.

En segundo lugar, el Art. 31 invade el espacio del Contrato Colectivo de Trabajo. Como se relata en el libro de Miguel Castellanos Moreno, sobre la historia del STAUS (época de lucha por la titularidad y del primer contrato colectivo), la obtención de las cargas académicas diferenciadas costó muchos días de huelga. Primero se logró que no estuvieran en el EPA, después se logró que fueran las que son ahora.

La autoridad pretende invadir ese espacio del CCT y puedo adelantar lo que harán después:
1)Demandarán ante las instancias jurídicas competentes que le sea retirado al STAUS esas cargas diferenciales. Camino semejante al seguido por las autoridades de la Universidad Autónoma Metropolitana en los años 80.
Cuando deje de ser un asunto bilateral, las subirán de nuevo, como era antes de 1985.

martes, 9 de enero de 2007

Nuevas Observaciones sobre el PEPA. Art. 25-27

ONCE

En las propuestas de Art. 25-27 se busca materializar la renuncia a que la Universidad de Sonora defina qué entiende ésta por sus profesores de primer nivel. Se supone que eso son los de la categoría de titular. En lugar de plantear ideas originales, que manifiesten el carácter autónomo de la Universidad, hacen circular el concepto del investigador científico, pero tal como se entiende en las ciencias: física, matemáticas, química, etc. Se excluye al derecho y a otras disciplinas existentes en esta institución.

Como advertí antes, se recrudece el propósito de frenar el ritmo de promoción del personal académico. Obviamente por razones presupuestales.

Mantienen la idea de un universitario unidimensional con la repetitiva frase “disciplina congruente con las áreas de trabajo desarrolladas en el departamento de adscripción.”, que aparece en cada artículo. Es la máxima: zapatero a tus zapatos en un momento en que los especialistas del área social se han interesado en las teorías del caos, en las aplicaciones de la estadística, y viceversa, en la necesidad de que las llamadas ciencias duras se apoyen en la filosofía.

La necesidad de que el universitario piense en para qué es su investigación, a quién beneficia su trabajo, etc., está fuera de las consideraciones curriculares del personal académico.

También están fuera de consideración los buenos profesores. Nunca serán reconocidos si no publican artículos “en revistas de arbitraje riguroso”.

Se han reducio a tomar del CONACYT y del SNI las siguientes ideas:
(1)Artículos publicados en revistas nacionales o internacionales de arbitraje riguroso. (2) Libro o capítulos de libro, publicados en editorial de reconocido prestigio, etc. (3) Haber dirigido al menos un proyecto de investigación aprobado por organismos nacionales o internacionales. (4) Haber realizado trabajos de alto impacto en el medio académico o profesional, demostrable mediante 10 citas en publicaciones de nivel nacional o internacional.

Como puede verse, los buenos escritores, los artistas, los especialistas en deportes y todo el que se encuentre al margen de las ciencias que si trabajan con esta clase de parámetros, están fuera de las consideraciones.

La burocracia que redactó el PEPA desconoce a quienes se interesan en los problemas regionales. No sabe que está poniendo el sueldo del personal académico de la Universidad, en manos de los consejos editoriales de ciertas revistas extranjeras que responden a los intereses de quienes financian los proyectos de investigación que dictan la moda. Posteriormente demostraré que se trata de los corporativos técnico militares.

Para citar un ejemplo: el estudio de los problemas en vías respiratorias de las áreas sin pavimento de Hermosillo, caen fuera de toda publicación en la clase de revistas que se consideran en el PEPA. Lo mismo sucede co el efecto del tipo de agua potable a nuestro alcance, los pesticidas en el valle del Yaqui, etc.

La burocracia redactora toma acríticamente los dictados del SNI y del CONACYT. Para valorar sus alcances y efectos negativos, recomiendo el artículo de Luis de la Peña, que inserté hace varios días en este blog. También el Libro de Jeff Schmidt “Disciplined Minds”, Rowman Publishers. Si alguien tiene interés en conocer este libro, puede comunicarse conmigo.

lunes, 8 de enero de 2007

Efemérides del 8 de enero de 2007

Efemérides del 8 de enero.
El 8 de enero de 1942 nace el físico teórico inglés Stephen Hawing. Conocido por sus trabajos sobre gravedad cuántica, radiación de hoyos negros, entre otras aportaciones. Actualmente enfermo de la enfermedad de Lou Gehrig y confinado a una silla. Autor del libro: La Historia del Tiempo.

El 8 de enero de 1891 nace Walther Bothe. Físico alemán que desarrolló métodos de detección de electrones emitidos durante el paso de rayos X por materiales. Su técnica sirvió para demostrar la conservación de la energía y el momento en las interacciones atómicas. En 1929 estudió rayos cósmicos y demostró que eran partículas con masa. Esta clase de contribuciones le valieron el premio Nobel en 1954. Fue el primero en observar las radiaciones que luego fueron identificadas como los neutrones en 1931. Construyó el primer ciclotrón alemán en 1943 y se afirma que un error de medición suyo sobre propiedades del grafito ayudó a retrasar y disuadir la investigación de la bomba atómica alemana durante la segunda guerra.

El 8 de enero de 1888 nace Richard Courant, matemático de origen alemán que después vivió en Estados Unidos. Compañero de William Hilbert en Gotinga, trabajo sobre cálculo variacional, métodos de diferencias finitas para la solución de ecuaciones diferenciales, superficies mínimas y ecuaciones en derivadas parciales. Es muy conocido por su autoría de libros clásicos sobre métodos matemáticos de la física y cálculo diferencial e integral.

El 8 de enero de 1905 nace el filósofo de origen alemán, que después vivión en los Estados Unidos, Carl Gustav Hempel. Fue integrante del grupo de la escuela de Berlín que desarrolló las ideas del positivismo lógico, teoría filosófica que subyace sobre varias interpretaciones de la física cuántica.

El 8 de enero de 1587 nace el astrónomo Johannes Fabricius, quien probablemente fue el primero en observar las manchas solares. Como era hiriente para los ojos la observación directa del sol, desarrolló una cámara oscura sobre la cual proyectar la imagen del sol para estudiarlo. Murió cuando tenía 29 años de edad.

domingo, 7 de enero de 2007

¿Cómo resultará afectado el personal académico?

DIEZ

El Art.13 del PEPA establece las formas de ingreso a la Universidad, incluye: “... o por los procedimientos de retención o repatriación señalados en el Capítulo IV del Titulo IV del presente Estatuto.” Viola la ley orgánica en su Art. 52, viola la Ley Federal del Trabajo y la Constitución de la República, pues son las universidades, y no el CONACYT, los encargados de hacer la evaluación académica que otorgue relación de trabajo por tiempo indeterminado.

OJO: En general, los repatriados o retenidos son los únicos protegidos del PEPA. El resto del personal académico sale perjudicado, como se ve enseguida:

El Art. 21 del PEPA agrega como requisito para ser integrante del personal académico: “...en disciplina congruente con las áreas de trabajo académico reconocidas en el departamento de adscripción.” Su contenido proviene del especialismo originado a mediados del siglo XIX, que era la época de autodefinición de varias disciplinas (entre ellas la física y la sociología) y agotado en la segunda mitad del siglo XX. Favorece el concepto de científicos unidimensionales alejados del concepto de pensadores universales.

Daré un dato: El Ingeniero Tomás Brody laboró hasta su muerte en el Instituto de Física de la UNAM en 1988. Fue profesor de la Facultad de Ciencias. Escribió varios libros y artículos de investigación científica. Dos de esos libros eran sobre filosofía de la ciencia. Pero no era filósofo ni doctor en física. ¿Qué hace la UniSon negando las potencialidades de gente como el?

El Art. 22 del PEPA elimina a los licenciados al marcar los requisitos para Asociado nivel B. El EPA vigente da a los licenciados la oportunidad de acumular experiencia y promoverse. El PEPA erige al grado como condición que se los impedirá.

El Art. 23 del PEPA establece los requisitos para Asociado nivel C. Cambia los puntos de 8 a 20 y elimina a los licenciados de la posibilidad de acceder a esa categoría. El EPA vigente si los considera, pero con exigencia de más puntaje.

El Art. 24 del PEPA establece los requisitos para Asociado nivel D. Lo guarda exclusivamente para quienes tengan el grado de doctor y de nuevo agrega “...en disciplina congruente con las áreas de trabajo desarrolladas en el departamento de adscripción.” Ver observación que hice al proyecto de Art. 21.

Las condiciones que agrega para ser Asociado nivel D, como opciones, permiten eliminar a las comisiones dictaminadoras y dejar que un programa de cómputo, o una secretaria, realice la evaluación. El criterio cualititativo está eliminado. Dice :
“(a) 1 dirección de trabajo de titulación de licenciatura, que implique la participación de un jurado.
(b) 1 dirección o asesoría de tesis de posgrado
(c) 3 direcciones de servicio social.
(d) 2 asesorías de trabajo de titulación de licenciatura, que implique la participación de un jurado
(e) 3 sinodalías de trabajo de titulación de licenciatura que implique la participación de un jurado
(f) 2 sinodalías de tesis de nivel posgrado.”

En la observación once se tratará el tema de los titulares.

viernes, 5 de enero de 2007

Lista de observaciones al PEPA

CINCO

Dice mentiras “Los requisitos exigidos por CONACYT garantizan tanto formación del profesor – investigador como la calidad de su producción académica.” La Universidad de Sonora no tiene un solo diagnóstico de cómo han venido trabajando las personas que repatrió. Trabajar para una universidad combinando funciones de docencia (en primer lugar), con investigación y difusión (en segundo lugar), es muy diferente a realizar una investigación como parte de un trabajo doctoral bajo las órdenes de un asesor.

SEIS

Es evidente que buscan detener el ritmo de promociones del personal académico. Obviamente los anima el ahorro de dinero. Cuando plantean: “... dos años como el tiempo que debe transcurrir entre una promoción y la siguiente...” los profesores necesitan tomar en cuenta que en el EPA actual basta un año.

SIETE

Nueva muestra del carácter contradictorio de la propuesta de EPA, dice “... el EPA también debe velar por los intereses de los alumnos, por lo que es importante que el reconocimiento a la producción científica, tecnológica y humanística, no desvié la atención del profesor universitario de la actividad de docencia, la cual es parte esencial de las instituciones de educación superior”

La realidad es que el documento que propone la autoridad acentúa esa desviación. Van dos ejemplos: 1) las actividades para promoción descansan totalmente en la investigación (medida como se hace en física, matemáticas, etc...) y 2) pretende imponer concurso por oposición para quienes ocupen plazas de horas sueltas y traten de obtener una de tiempo completo, mientras que intentan dar plaza definitiva al personal repatriado cuya única carta de presentación es que ha realizado una investigación para ganar el doctorado.

OCHO

Los autores del documento son burócratas que desconocen la labor del profesor-investigador en la práctica. No saben que la independencia de pensamiento, básica para la creatividad, requiere libertad. Atentan contra este concepto cuando plantean: “ ... basar los planes de trabajo individuales en las prioridades que las academias y la Jefatura del Departamento establezcan para cada período escolar.”

En términos académicos, constituye un error fundamental. En términos laborales, esta pretensión es extremadamente peligrosa.

NUEVE

Pretende legislar sobre temas ajenos al EPA, por ejemplo, dice: “... establece explícitamente que el informe anual del Jefe de Departamento ... sea con base en la integración de los informes presentados por los miembros de la planta académica del departamento.”

Se trata de un procedimiento burocrático que nada tiene que ver con “normar las relaciones académicas de profesores e investigadorse con la institución”. Esto último es el objetivo de los estatutos de personal académico.

Lista de observaciones al PEPA

UNO.
Deben corregir ortografía: Dicen: “Conciente de esta situación, la Universidad de Sonora ...” No se escribe conciente.

DOS.
Necesitan definir el sentido académico de ciertas palabras básicas. Dice: “... que la labor cotidiana de los académicos se realice con eficacia, intensidad y un elevado compromiso hacia las funciones que la sociedad les ha encomendado.” ¿Qué se entiende por eficacia e intensidad en el contexto del trabajo académico?

TRES
El discurso es exagerado y el contenido es poco. No presenta una conceptualización de qué es un integrante del personal académico. A juzgar por los requisitos para la promoción, el modelo de académico que proyectan corresponde al trabajo habitual de los investigadores en física, matemáticas, química, biología y otras ciencias en las cuales existen sistemas de calificación de publicaciones arbitradas. Están fuera de ese concepto todas las ciencias sociales, medicina, enfermería, derecho, etc.

CUATRO
Es contradictorio, pues acerca del ingreso dice: “El examen de oposición ... es la mejor alternativa para garantizar que los profesores y profesores investigadores posean los elementos profesionales requeridos para el desempeño de las funciones académicas.” Sin embargo, las únicas plazas nuevas que otorga la SEP son mediante repatriaciones y para ellos propone que simplemente entren y sean reconocidos como profesores de tiempo completo con carácter indeterminado.

Como ya argumenté antes esta pretensión viola la ley 4 y la ley federal del trabajo.

lunes, 1 de enero de 2007

Efemérides de año nuevo

¿Qué ocurrió hace 60 años?
Es el año de 1947:
Gandhi es asesinado en la India
Ocurrió la primera guerra árabe israelí.
Checoslovaquia empieza a ser gobernada por el partido comunista.
Se propone el plan Marshall para reconstruir Europa.
Premio Nobel de Física: Sir Edward Victor Appleton (England, UK) por sus investigaciones de la física de las capas altas de la atmósfera y especialmente por el descubrimiento de la llamada capa de Appleton, o capa F de la ionósfera, que se extiende desde 150 hasta 400 kilómetros de altura y es la que contiene la mayor cantidad de electrones libres.

¿Qué ocurrió hace 50 años?
Es el año de 1957:
El primer Sputnik orbita la tierra.
Se funda la Comunidad Económica Europea.
Premio Nobel de Física: Chen Ning Yang (China/USA) y Tsung-Dao Lee (China/USA), por sus trabajos sobre las leyes de la paridad, que llevaron a importantes descubrimientos en la física de partículas.

¿Qué ocurrió hace 40 años?
Es el año de 1967:
Se presenta el modelo que unifica la interacción eléctrica con la débil (S. Weinberg y A. Salam)
Ocurre la guerra de los seis días entre israelíes y árabes.
Premio Nobel de Física: Hans Albrecht Bethe (nacido en Estrasburgo, ciudad de Alemania que pasó a poder de Francia), por su contribución a la teoría de las reacciones nucleares, especialmente su descibrimiento de la forma en que se produce la energía en las estrellas.

¿Qué ocurrió hace 30 años?
Es el año de 1977:Leon M. Lederman obtiene evidencias de que existe el quark bottom.
Premio Nobel de Física: Philip Warren Anderson (USA), Sir Nevill Francis Mott (England, UK), and John Hasbrouck van Vleck (USA), por sus invesgaciones sobre la estructura electrónica de sistemas magnéticos y de sistemas desordenados. También a Pyotr Leonidovich Kapitsa (Unión Soviética) por su investigación en el área de la física de bajas temperaturas.